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Leyes Descargar AYA

Artículo 211 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 29 de enero de 2022. Ya no es el vigente: cambió después, el 13 de enero de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió
  4. Sin cambios

Si el tutor, el Ministerio Público o el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado, a través del titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Estado de Hidalgo no consienten en la adopción, deberán expresar la causa en que se funden. El juez valorará la causa de la negativa y atendiendo al interés superior de la niñez, podrá autorizar la adopción, cuando notare que la misma es conveniente para los intereses de éste.