Artículo 8 Código Familiar del Estado de San Luis Potosí
Capítulo Único
Las instituciones de asistencia social, públicas y privadas dedicadas a la atención de las familias, que estén debidamente certificadas por el órgano rector de la asistencia social en el Estado, realizarán cursos de preparación matrimonial, de fortalecimiento de la unión conyugal, de fortalecimiento de la equidad, la no violencia, el no machismo, y misoginia, para fomentar los valores y actitudes que consoliden la estabilidad y armonía de la familiar
(REFORMADO EN EL P.O. DEL EDO. EL 02 DICIEMBRE DE 2022
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de San Luis Potosí. Documento oficial