Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 364 Septies Código Familiar del Estado de Zacatecas

Qué cambió entre versiones

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió

Cambios de este artículo

  1. 2 jun 2025 a 19 oct 2026+6 −3 palabrasLo estás viendo

Comparas el texto del 2 de junio de 2025 con el del 19 de octubre de 2026, que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 2 de junio de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.

1 párrafo cambió 6 palabras agregadas 3 palabras quitadas

Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.

Ir al primer cambio

Cambio 1 · Cambió

Tratándose de la adopción plena,adopción, el Registro Civil se abstendrá de proporcionar proporcionar información sobre los antecedentes de la familia de origen del adoptado, excepto en los casos siguientes y contando con autorización judicial: Párrafo reformado POG 18-07-2026 I. Para efectos de impedimento para contraer matrimonio, y

Antes

Tratándose de la adopción plena, el Registro Civil se abstendrá de proporcionar información sobre los antecedentes de la familia de origen del adoptado, excepto en los casos siguientes y contando con autorización judicial: I. Para efectos de impedimento para contraer matrimonio, y

Ahora

Tratándose de la adopción, el Registro Civil se abstendrá de proporcionar información sobre los antecedentes de la familia de origen del adoptado, excepto en los casos siguientes y contando con autorización judicial: Párrafo reformado POG 18-07-2026 I. Para efectos de impedimento para contraer matrimonio, y

II. Cuando el adoptado desee conocer sus antecedentes familiares, siempre y cuando sea mayor de edad, si fuere menor de edad se requerirá el consentimiento de los adoptantes. Adicionado POG 29-03-2017

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

Volver al texto vigente