Artículo 609 Código Familiar del Estado de Zacatecas
Capítulo ÚNICO
El mayor de edad dispone libremente de su persona y de sus bienes y tiene capacidad de ejercicio de sus derechos y obligaciones, conforme a las leyes respectivas. Artículo reformado POG 25-05-1994
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial