Artículo 82-D Código Fiscal de la Federación
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Cambios de este artículo
Comparas el texto del 26 de enero de 2025 (reforma del 12 de noviembre de 2021) con el del 29 de julio de 2025 (reforma del 12 de noviembre de 2021), que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 26 de enero de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
3 párrafos cambiaron 51 palabras agregadas 0 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 26 de enero de 2025. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 29 de julio de 2025. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 26 de enero de 2025; a la derecha, el del 29 de julio de 2025.
2 párrafos sin cambios
A quien cometa las infracciones relacionadas con la revelación de esquemas reportables previstas en el artículo 82-C, se impondrán las siguientes sanciones:
I. En el supuesto previsto por la fracción I, no se aplicará el beneficio fiscal previsto en el esquema reportable y se aplicará una sanción económica equivalente a una cantidad entre el 50% y el 75% del monto del beneficio fiscal del esquema reportable que se obtuvo o se esperó obtener en todos los ejercicios fiscales que involucra o involucraría la aplicación del esquema.
Cambio 1 · Cambió
II. De $62,390.00 a $124,760.00 en el supuesto previsto en la fracción II. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
Antes
II. De $62,390.00 a $124,760.00 en el supuesto previsto en la fracción II.
Ahora
II. De $62,390.00 a $124,760.00 en el supuesto previsto en la fracción II. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
Cambio 2 · Cambió
III. De $124,760.00 a $436,680.00 en el supuesto previsto en la fracción III. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
Antes
III. De $124,760.00 a $436,680.00 en el supuesto previsto en la fracción III.
Ahora
III. De $124,760.00 a $436,680.00 en el supuesto previsto en la fracción III. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
Cambio 3 · Cambió
IV. De $249,530.00 a $2,495,270.00 en el supuesto previsto en la fracción IV. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
Antes
IV. De $249,530.00 a $2,495,270.00 en el supuesto previsto en la fracción IV.
Ahora
IV. De $249,530.00 a $2,495,270.00 en el supuesto previsto en la fracción IV. Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.