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Artículo 355 Código Penal del Estado de Campeche

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Comparas el texto del 9 de diciembre de 2025 con el del 15 de mayo de 2026, que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 9 de diciembre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.

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Se impondrán de un mes a tres años de prisión y multa de cincuenta a tres mil Unidades Diarias de Medida y Actualización al que, sin contar con las autorizaciones relativas, o en violación a las normas de seguridad y operación a que se refiere la legislación ambiental del Estado, realice, autorice u ordene la realización de actividades que, consideradas como no riesgosas en ese mismo ordenamiento, ocasionen graves daños a la salud pública o a los ecosistemas. Cuando las actividades consideradas como no riesgosas a que se refiere el párrafo anterior se llevan a cabo en un centro de población, se podrán aumentar las sanciones hasta por un año más de prisión y multa hasta por el importe de seis mil Unidades Diarias de Medida y Actualización. Nota: Se reformó mediante decreto 414 de la LXIV Legislatura, publicado en P.O. 2268 Cuarta Sección de fecha 9 de octubre de 2024.

Antes

Se impondrán de un mes a tres años de prisión y multa de cincuenta a tres mil Unidades Diarias de Medida y Actualización al que, sin contar con las autorizaciones relativas, o en violación a las normas de seguridad y operación a que se refiere la legislación ambiental del Estado, realice, autorice u ordene la realización de actividades que, consideradas como no riesgosas en ese mismo ordenamiento, ocasionen graves daños a la salud pública o a los ecosistemas. Cuando las actividades consideradas como no riesgosas a que se refiere el párrafo anterior se llevan a cabo en un centro de población, se podrán aumentar las sanciones hasta por un año más de prisión y multa hasta por el importe de seis mil Unidades Diarias de Medida y Actualización. Nota: Se reformó mediante decreto 414 de la LXIV Legislatura, publicado en P.O. 2268 Cuarta Sección de fecha 9 de octubre de 2024.

Ahora

Se impondrán de un mes a tres años de prisión y multa de cincuenta a tres mil Unidades Diarias de Medida y Actualización al que, sin contar con las autorizaciones relativas, o en violación a las normas de seguridad y operación a que se refiere la legislación ambiental del Estado, realice, autorice u ordene la realización de actividades que, consideradas como no riesgosas en ese mismo ordenamiento, ocasionen graves daños a la salud pública o a los ecosistemas. Cuando las actividades consideradas como no riesgosas a que se refiere el párrafo anterior se llevan a cabo en un centro de población, se podrán aumentar las sanciones hasta por un año más de prisión y multa hasta por el importe de seis mil Unidades Diarias de Medida y Actualización.

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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