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Leyes Descargar AYA

Artículo 9 Código Penal del Estado de Campeche

Capítulo ÚNICO

No podrá ejecutarse sanción alguna, sino en virtud de sentencia que cause ejecutoria, dictada por la autoridad jurisdiccional competente, de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales y demás disposiciones legales aplicables en la materia.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 9 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial