Artículo 19 Código Penal del Estado de Chihuahua
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Tentativa punible Existe tentativa punible, cuando la resolución de cometer un delito se exterioriza realizando, en parte o totalmente, los actos ejecutivos que deberían producir el resultado, u omitiendo los que deberían evitarlo, si por causas ajenas a la voluntad del sujeto activo no se llega a la consumación. [Artículo reformado mediante Decreto No. 298-2011 II P.O., publicado en el P.O.E. No. 37 del 7 de mayo de 2011]