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Leyes Descargar AYA

Artículo 347 Código Penal del Estado de Chihuahua

Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 23 de noviembre de 2024. Ya no es el vigente: cambió después, el 15 de enero de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió
  4. Sin cambios

Se impondrán de cinco a quince años de prisión, y suspensión de derechos políticos de uno a siete años, al que con el fin de trastornar la vida económica, política, social o cultural del Estado o para alterar la capacidad del Gobierno para asegurar el orden público:

I. Dañe, destruya o entorpezca las vías de comunicación del Estado;

II. Dañe o destruya centros de producción o distribución de bienes básicos o instalaciones de servicios públicos;

III. Entorpezca ilícitamente servicios públicos;

VI. Dañe o destruya elementos fundamentales de instituciones de docencia o investigación; o

VII. Dañe o destruya recursos esenciales que el Estado tenga destinados para el mantenimiento del orden público.