Artículo 340 Código Penal del Estado de Coahuila
Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 2 de junio de 2021. Ya no es el vigente: cambió después, el 25 de junio de 2025. Ver qué cambió · Ver el texto vigente
- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
- Sin cambios
(Conductas con sustancias peligrosas)
Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de mil a dos mil días multa, o de dos a cuatro años de libertad supervisada y de mil a dos mil días multa, a quien, sin autorización de las autoridades competentes, o sin observar las medidas de seguridad pertinentes, almacene, transporte o distribuya sustancias peligrosas para la vida, salud o patrimonio de las personas, por sus características tóxicas, corrosivas, explosivas, inflamables o combustibles.