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Leyes Descargar AYA

Artículo 233 Código Penal del Estado de México

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  1. 2 dic 2024 a 15 may 2026+14 −30 palabrasLo estás viendo

Comparas el texto del 2 de diciembre de 2024 con el del 15 de mayo de 2026, que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 2 de diciembre de 2024, leída con el mismo método que el texto vigente.

1 párrafo cambió 14 palabras agregadas 30 palabras quitadas

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Cambio 1 · Cambió

A losLos prestadores de servicios ambientales autorizados que proporcionen documentos o información falsosfalsa u omitan datos conpara elobtener objetopermisos, de que las autoridades ambientales competentes otorguenautorizaciones o avalen licencias, autorizaciones, registros, constanciasserán o permisossancionados de cualquier tipo, se les impondrán decon uno a ocho años de prisión y de treinta a ciento cincuenta díasUnidades multa.de Medida y Actualización.

Antes

A los prestadores de servicios ambientales autorizados que proporcionen documentos o información falsos u omitan datos con el objeto de que las autoridades ambientales competentes otorguen o avalen licencias, autorizaciones, registros, constancias o permisos de cualquier tipo, se les impondrán de uno a ocho años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa.

Ahora

Los prestadores de servicios ambientales autorizados que proporcionen información falsa u omitan datos para obtener permisos, autorizaciones o registros, serán sancionados con uno a ocho años de prisión y de treinta a ciento cincuenta Unidades de Medida y Actualización.

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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