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Leyes Descargar AYA

Artículo 268 Código Penal del Estado de México

Este es el texto que AYA registró el 15 de mayo de 2026. Ya no es el vigente: cambió después, el 27 de julio de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente

  1. Primer registro
  2. Cambió
  3. Sin cambios

Sexis .- Las penas establecidas en el artículo anterior se agravarán desde una mitad hasta dos tercios cuando concurran las circunstancias siguientes:

I. Cuando cometiere la conducta haciendo uso de cualquier arma u objeto punzocortante, aun cuando no provoque daño físico;

II. Realice actos o conductas que dañen a la persona o sus bienes, o los de quienes mantengan lazos de parentesco o amistad con ella, con el fin de intimidarles;

III. Cuando los actos se cometan para ejercer presión a la víctima para obligarla a realizar alguna acción o a desistir de algún proceso legal; y

IV. Cuando se utilicen directamente por el agente activo o por interpósita persona, dispositivos tecnológicos para la vigilancia, persecución, rastreo o contacto no deseado.