Artículo 123 Código Penal del Estado de Guerrero
Capítulo X
Autoridad competente para resolver la extinción
La extinción de la pretensión punitiva será resuelta por el titular del Ministerio Público durante la investigación, o por el órgano jurisdiccional durante el proceso, según sea el caso.
La declaración de extinción de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad corresponde al órgano jurisdiccional.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial