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Leyes Descargar AYA

Libro Primero

Título Preliminar Principios generales

Código Penal del Estado de Hidalgo

Artículos 1o. al 4o. · 4 artículos

Artículo 1o.

Nadie podrá ser penado por una acción u omisión que no estén expresamente previstas como delito en la Ley vigente al tiempo en que se cometieron, o si la pena no se encuentra establecida en ella.

Tampoco podrá aplicarse medida de seguridad alguna, si no se encuentra establecida por la Ley.

Artículo 2o.

Queda prohibida la aplicación analógica o por mayoría de razón de las leyes penales, en perjuicio de persona alguna.

Artículo 3o.

No podrá aplicarse pena alguna, si la acción u omisión no han sido realizadas culpablemente, tampoco podrá aplicarse medida de seguridad alguna, si previamente no se demuestra la existencia de un hecho antijurídico y que de éste y de las circunstancias personales del sujeto pueda derivarse la necesidad racional de su aplicación.

La sola causación del resultado no podrá fundamentar, por sí sola, la responsabilidad penal.

Artículo 4o.

Las penas y medidas de seguridad serán impuestas y ejecutadas en los términos y con las modalidades previstas por las leyes penales, ajustándose a la resolución respectiva.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial