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Leyes Descargar AYA

Artículo 328 Código Penal del Estado de Nayarit

Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 25 de junio de 2025. Ya no es el vigente: cambió después, el 29 de enero de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente

  1. Primer registro
  2. Cambió
  3. Cambió
  4. Sin cambios

Comete el delito de extorsión, el que sin derecho obligue a otro a dar, a hacer, a tolerar o dejar de hacer algo, obteniendo un lucro o beneficio para sí o para otro; también comete el delito de extorsión quien mediante la violencia física o moral exija de otro la entrega, envío o depósito para sí o para un tercero, de cosas, dinero o documentos. El mismo delito cometerá quien, exija a otro mediante coacción la suscripción, destrucción o entrega de documentos que contengan obligaciones o créditos.

Al responsable del delito de extorsión se le aplicará la pena de prisión de 10 a 20 años y multa de quinientos a mil días de unidades de medidas de actualización en cualquiera de los supuestos.

El tipo penal descrito anteriormente será perseguido de oficio.

(ADICIONADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2024)