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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos en particular

Título Vigésimo Tercero

Capítulo Único De la violencia política contra la mujer

Código Penal del Estado de Nayarit

Artículo 425

Artículo 425

Comete el delito de violencia política contra las mujeres, aquella persona que por medio de acciones u omisiones y basado en elementos de género y realizadas en el marco del ejercicio de derechos político-electorales, tengan por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos o de las prerrogativas inherentes a un cargo público, se le impondrá de dos a seis años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa.

(ADICIONADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2021) TÍTULO VIGÉSIMO CUARTO.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial