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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — Parte especial

Título Tercero — Delitos Contra la Fe Publica

Capítulo I Falsificación y Uso Indebido de Sellos, Marcas, Llaves, Contraseñas y Otros Objetos

Código Penal del Estado de Quintana Roo

Artículo 188

Artículo 188

Se impondrá prisión de seis meses a cinco años y de cincuenta a trescientos días multa, al que con el fin de tener provecho o para causar daño a la sociedad:

I.- Falsifique, altere, enajene o haga desaparecer cualquier clase de sellos, llaves, marcas, estampillas, troqueles, cuños, matrices, contraseñas, boletos, fichas o punzones ya sea oficiales o particulares, nacionales o extranjeros, o

II.- Use indebidamente los objetos señalados en la fracción anterior.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial