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Leyes Descargar AYA

Artículo 329 BIS Código Penal del Estado de Sonora

Capítulo I

En los casos de encubrimiento de delitos cometidos por directivos, académicos o empleados en el interior de instituciones de educación básica, media superior, superior o en sus inmediaciones, las penas previstas en el artículo 329 de este Código se incrementarán en una mitad.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sonora (API gestión). Documento oficial