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Artículo 360 Código Penal del Estado de Tlaxcala

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  1. 25 nov 2024 a 25 jun 2025+7 −0 palabrasLo estás viendo

Comparas el texto del 25 de noviembre de 2024 con el del 25 de junio de 2025, que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 25 de noviembre de 2024, leída con el mismo método que el texto vigente.

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Se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y multa de treinta y seis a trescientas sesenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización: I. Al que fabrique, produzca o publique libros, escritos, imágenes u otros objetos obscenos y al que los exponga, distribuya o haga circular públicamente, y II. Al que ejecute o haga ejecutar por otro, en público exhibiciones obscenas. (ADICIONADO, P.O. 07 DE ABRIL DE 2025)

Antes

Se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y multa de treinta y seis a trescientas sesenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización: I. Al que fabrique, produzca o publique libros, escritos, imágenes u otros objetos obscenos y al que los exponga, distribuya o haga circular públicamente, y II. Al que ejecute o haga ejecutar por otro, en público exhibiciones obscenas.

Ahora

Se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y multa de treinta y seis a trescientas sesenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización: I. Al que fabrique, produzca o publique libros, escritos, imágenes u otros objetos obscenos y al que los exponga, distribuya o haga circular públicamente, y II. Al que ejecute o haga ejecutar por otro, en público exhibiciones obscenas. (ADICIONADO, P.O. 07 DE ABRIL DE 2025)

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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