Artículo 416 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato
Capítulo UNICO
En los Juicios ante los Jueces Menores se observarán las disposiciones que rigen para el juicio ante los demás tribunales, con las modificaciones que se con tienen en este Título.
(REFORMADO, P.O. 7 DE AGOSTO DE 1987)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial