Artículo 621 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Hidalgo
Título VIII
Es competente para todos los actos relativo s al juicio arbitral en lo que se refiera a jurisdicción que no tenga el árbitro, y para la ejecución de la sentencia y admisión de recursos, el Juez designado en el compromiso, a falta de éste, el del lugar del tribunal de arbitraje y si hubiere varios Jueces, el del número más bajo
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial