Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 621 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Hidalgo

Título VIII

Es competente para todos los actos relativo s al juicio arbitral en lo que se refiera a jurisdicción que no tenga el árbitro, y para la ejecución de la sentencia y admisión de recursos, el Juez designado en el compromiso, a falta de éste, el del lugar del tribunal de arbitraje y si hubiere varios Jueces, el del número más bajo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial