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Leyes Descargar AYA

Artículo 1023 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo II

Gastos y costas en el procedimiento no contencioso. Los gastos y costas en el procedimiento no contencioso serán a cargo del promovente. Mediando oposición de un tercero, serán a cargo del vencido.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial