Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 718 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo I

Oposición de un tercero a la ejecución forzosa. La oposición de tercero, cuando alegue derechos de dominio o de preferencia sobre los bienes embargados, o resulten afectados por la ejecución, se sustanciarán en la forma prevista para las tercerías.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial