Artículo 970 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo I
Derogado
REFORMA VIGENTE.- Derogado por Artículo Cuarto Transitorio del Código Procesal Familiar para Sección Tercera de 2006/09/06. Vigencia: 2006/10/01. Antes decía: Efectos de la declaración de herederos. La declaración de herederos de un intestado surte el efecto de tener por legítimo poseedor de los bienes, derechos y pretensiones del difunto a la persona en cuyo favor se hizo.
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial