Artículo 488 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sonora
Capítulo PRIMERO
Si el Juez encontrare la demanda arreglada a derecho, mandará que se corra traslado a la persona contra quien se proponga, con entrega de las copias de ley, y que se le emplace para que la conteste dentro del término de diez días.
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Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial