Artículo 105 Constitución Política del Estado de Baja California Sur
Capítulo II
La Hacienda Pública del Estado está constituida por:
I.- Los ingresos que determinen su Ley de Hacienda, de Derechos y Productos y demás normas aplicables.
II.- Los ingresos que adquiera por concepto de Convenios, participaciones legales, legados, donaciones o cualesquiera otra causa.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California Sur (vía TSJ BCS), con la reforma del 4 de junio de 2026. Documento oficial