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Leyes Descargar AYA

Artículo 103 Constitución Política del Estado de México

Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 5 de julio de 2021. Ya no es el vigente: cambió después, el 11 de junio de 2025. Ver qué cambió · Ver el texto vigente

  1. Sin cambios
  2. Primer registro
  3. Sin cambios
  4. Cambió
  5. Sin cambios

Las y los jueces de cuantía menor durarán en su encargo tres años y podrán ser ratificados por el Consejo de la Judicatura, al término de tal periodo previa aprobación de exámenes de actualización, de acuerdo con los mecanismos y demás requisitos que señale la ley, y únicamente podrán ser suspendidos o destituidos en sus funciones conforme a la misma. Tendrán la competencia que les señale la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás ordenamientos aplicables, ejerciendo su jurisdicción en el ámbito territorial que determine el Pleno del Tribunal.