Artículo 19 Constitución Política del Estado de México
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Los recursos cuya captación y administración corresponda a las autoridades, se aplicarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y, honradez, en la atención y solución de las necesidades de los habitantes, para lo cual las leyes de ingresos y los presupuestos de egresos del Estado y de los municipios, estarán orientados a la asignación prudente de tales recursos, considerando criterios de proporcionalidad y equidad en la distribución de cargas y de los beneficios respectivos entre los habitantes.