Artículo 13 Constitución Política del Estado de Zacatecas
Capítulo SEXTO
Son personas ciudadanas del Estado: Párrafo reformado POG 23 de mayo de 2020 (Decreto 390) I. Las personas zacatecanas que han cumplido dieciocho años y tienen un modo honesto de vivir; Fracción reformada POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) II. Las personas mexicanas vecinas del Estado, con residencia de por lo menos seis meses, incluyendo la residencia binacional y simultánea, en los términos y con los requisitos que establezca la ley. Fracción reformada POG 1 de octubre de 2003 (Decreto 305) Fracción reformada POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370) III. Las personas mexicanas a quienes la Legislatura del Estado, con pleno conocimiento de causa, otorgue la ciudadanía zacatecana en virtud de haber prestado servicios de alta significación para el desarrollo material y cultural de la Entidad. Fracción reformada POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial