Artículo 26 Ley de Amparo (Reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales)
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Cambios de este artículo
Comparas el texto del 23 de junio de 2025 (reforma del 13 de marzo de 2025) con el del 21 de diciembre de 2025 (reforma del 16 de octubre de 2025), que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 23 de junio de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
2 párrafos cambiaron 104 palabras agregadas 11 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 23 de junio de 2025. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 21 de diciembre de 2025. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 23 de junio de 2025; a la derecha, el del 21 de diciembre de 2025.
19 párrafos sin cambios
Las notificaciones en los juicios de amparo se harán:
I. En forma personal:
a) A la persona quejosa privada de su libertad, en el local del órgano jurisdiccional que conozca del juicio, o en el de su reclusión o a su defensor o defensora, representante legal o persona designada para oír notificaciones; Inciso reformado DOF 13-03-2025
b) La primera notificación a la persona tercera interesada y al o la particular señalada como autoridad responsable; Inciso reformado DOF 13-03-2025
c) Los requerimientos y prevenciones;
d) El acuerdo por el que se le requiera para que exprese si ratifica su escrito de desistimiento;
e) Las sentencias dictadas fuera de la audiencia constitucional;
f) El sobreseimiento dictado fuera de la audiencia constitucional;
g) Las resoluciones que decidan sobre la suspensión definitiva cuando sean dictadas fuera de la audiencia incidental;
h) La aclaración de sentencias ejecutorias;
i) La aclaración de las resoluciones que modifiquen o revoquen la suspensión definitiva;
j) Las resoluciones que desechen la demanda o la tengan por no interpuesta;
k) Las resoluciones que a juicio del órgano jurisdiccional lo ameriten; y
l) Las resoluciones interlocutorias que se dicten en los incidentes de reposición de autos;
II. Por oficio:
a) A la autoridad responsable, salvo que se trate de la primera notificación a un o una particular señalada como tal, en cuyo caso se observará lo establecido en el inciso b) de la fracción I del presente artículo; Inciso reformado DOF 13-03-2025
b) A la autoridad que tenga el carácter de tercera interesada, y Inciso reformado DOF 13-03-2025
c) Al o la Ministerio Público de la Federación en el caso de amparo contra normas generales. Inciso reformado DOF 13-03-2025
III. Por lista, en los casos no previstos en las fracciones anteriores; y
Cambio 1 · Se reescribió
IV. Por vía electrónica,electrónica:
a) A las partes que expresamentecuenten asícon loun soliciten,usuario dentro del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.
b) A las autoridades, a través de los perfiles institucionales oficiales con que cuenten dentro del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación o, en su caso, conforme al Convenio que tengan suscrito con el Órgano de Administración Judicial y quela previamenteSuprema hayanCorte obtenidode Justicia de la FirmaNación. Electrónica.
Antes
IV. Por vía electrónica, A las partes que expresamente así lo soliciten, y que previamente hayan obtenido la Firma Electrónica.
Ahora
IV. Por vía electrónica:
a) A las partes que cuenten con un usuario dentro del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.
b) A las autoridades, a través de los perfiles institucionales oficiales con que cuenten dentro del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación o, en su caso, conforme al Convenio que tengan suscrito con el Órgano de Administración Judicial y la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Cambio 2 · Párrafo nuevo
Paralos supuestos enunciados en los incisos anteriores, la totalidad de las notificaciones del juicio de amparo, ya sean de carácter personal o por lista, deben practicarse por las vías mencionadas. Fracción reformada DOF 16-10-2025
Antes
Este párrafo no existía.
Ahora
Para los supuestos enunciados en los incisos anteriores, la totalidad de las notificaciones del juicio de amparo, ya sean de carácter personal o por lista, deben practicarse por las vías mencionadas. Fracción reformada DOF 16-10-2025
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