Artículo 19 Ley General de Responsabilidades Administrativas
Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 26 de enero de 2025, con la reforma del 27 de diciembre de 2022. Ya no es el vigente: cambió después, el 17 de junio de 2025. Ver qué cambió · Ver el texto vigente
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
Los entes públicos deberán implementar los mecanismos de coordinación que, en términos de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, determine el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción e informar a dicho órgano de los avances y resultados que estos tengan, a través de sus Órganos internos de control.