Artículo 10 Ley General de Salud
Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 9 de diciembre de 2025, con la reforma del 7 de junio de 2024. Ya no es el vigente: cambió después, el 15 de mayo de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
- Sin cambios
La Secretaría de Salud promoverá la participación, en el sistema nacional de salud, de los prestadores de servicios de salud, de los sectores público, social y privado, de sus trabajadores y de los usuarios de los mismos, así como de las autoridades o representantes de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, en los términos de las disposiciones que al efecto se expidan. Párrafo reformado DOF 27-05-1987, 19-09-2006, 01-04-2024
Asimismo, fomentará la coordinación con los proveedores de insumos para la salud, a fin de racionalizar y procurar la disponibilidad de estos últimos.