Artículo 323 Ley General de Salud
Este es el texto vigente, registrado el 15 de mayo de 2026. Ver qué cambió respecto a la versión anterior.
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
- Sin cambios
Se requerirá que el consentimiento expreso conste por escrito: Párrafo reformado DOF 12-12-2011
I. Para la donación de órganos y tejidos en vida, y
II. Para la donación de sangre, productos sanguíneos y células troncales en vida. Fracción reformada DOF 12-12-2011, 20-04-2015, 15-01-2026 Artículo reformado DOF 27-05-1987, 07-05-1997, 26-05-2000