Artículo 13 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa
Capítulo III
La Fiscalía General estará presidida por la o el Fiscal General, quien presidirá la institución del Ministerio Público y ejercerá autoridad jerárquica sobre todo el personal, en el que podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Sinaloa, con la reforma del 31 de diciembre de 2025. Documento oficial