Artículo 38 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa
Capítulo I
Los agentes del Ministerio Público, policías de investigación y peritos, así como los servidores públicos de la Fiscalía General que determine el Fiscal General, deberán realizar los exámenes periódicos de control de confianza, en los términos del modelo institucional de evaluación, certificación, desempeño y competencias profesionales que para tal efecto haya aprobado el Fiscal General.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Sinaloa, con la reforma del 31 de diciembre de 2025. Documento oficial