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Leyes Descargar AYA

Artículo 13 Quinquies Ley de la Fiscalía General del Estado de Yucatán

Capítulo III

Nombramiento y atribuciones La persona titular del órgano de control interno ejercerá las facultades a que se refiere la fracción III del artículo 98 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, en la legislación aplicable en materia de responsabilidades administrativas, así como las que le otorga, con el carácter de autoridad garante, la legislación en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales. Párrafo reformado D.O. 28-07-2025

La persona titular del órgano de control interno durará en el cargo doce años y será elegida por el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso, mediante el procedimiento establecido en la Ley de Gobierno del Poder Legislativo. Párrafo reformado D.O. 28-06-2023 La persona titular del órgano de control interno mantendrá la coordinación técnica necesaria con la Auditoría Superior del Estado de Yucatán. Párrafo reformado D.O. 28-06-2023 Artículo adicionado D.O. 21-04-2023

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Yucatán, con la reforma del 20 de enero de 2026. Documento oficial