Artículo 1763 Código Civil del Estado de Baja California Sur
Capítulo I
Los contratos que no están especialmente reglamentados en este Código, se regirán por las reglas generales de los contratos, por las estipulaciones de las partes y, en lo que fueren omisas, por las disposiciones del contrato con el que tengan más analogía de los reglamentados en este ordenamiento.
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Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial