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Leyes Descargar AYA

Artículo 2822 Código Civil del Estado de Baja California Sur

Capítulo I

Cuando se hipotequen varios inmuebles para la seguridad de un crédito, es forzoso determinar por que porción del crédito responde cada inmueble, y puede cada uno de ellos ser redimido del gravamen, pagándose la parte del crédito que garantiza.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial