Artículo 1888 Código Civil del Estado de Chihuahua
Capítulo IV
Las obligaciones divisibles en que haya más de un deudor o acreedor se regirán por las reglas comunes de las obligaciones; las indivisibles en que haya más de un deudor o acreedor se sujetarán a las siguientes disposiciones
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial