Artículo 2585 Código Civil del Estado de Chihuahua
Capítulo I
4. El acta constitutiva de una fundación deberá contener:
I. El nombre, domicilio y demás generales del fundador o fundadores;
II. El nombre, objeto y domicilio legal de la misma;
III. El patrimonio que se destine para su creación y sostenimiento, inventariando pormenorizadamente la clase de bienes que lo constituyan;
IV. Las actividades que se deseen ejecutar con su patrimonio;
V. La designación de las personas que integrarán el patronato y la manera de sustituirlas, y
VI. Las bases generales de administración y los demás datos que el fundador considere pertinentes para precisar su voluntad y la forma de acatarla.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial