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Artículo 2585 Código Civil del Estado de Chihuahua

Capítulo I

4. El acta constitutiva de una fundación deberá contener:

I. El nombre, domicilio y demás generales del fundador o fundadores;

II. El nombre, objeto y domicilio legal de la misma;

III. El patrimonio que se destine para su creación y sostenimiento, inventariando pormenorizadamente la clase de bienes que lo constituyan;

IV. Las actividades que se deseen ejecutar con su patrimonio;

V. La designación de las personas que integrarán el patronato y la manera de sustituirlas, y

VI. Las bases generales de administración y los demás datos que el fundador considere pertinentes para precisar su voluntad y la forma de acatarla.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial