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Leyes Descargar AYA

Artículo 114 Código Civil del Estado de Colima

Capítulo VIII

La sentencia ejecutoria que decrete un divorcio se remitirá en copia al oficial del Registro Civil para que levante el acta correspondiente, y haga las anotaciones pertinentes en el archivo físico y en la base de datos. (REFORMADO DECRETO 103, P.O. 28, SUP. 2, 11 JUNIO 2016

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial