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Leyes Descargar AYA

Artículo 423 Código Civil del Estado de Colima

Capítulo I

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guardia y custodia, así como los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, cuidado o de cualquier otra índole.

Queda prohibido que la madre, padre o cualquier persona que ejerzan la patria potestad, tutela o guardia, custodia y crianza de niñas, niños y adolescentes, utilice el castigo corporal o humillante como forma de corrección o disciplina

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial