Artículo 194 Código Civil del Estado de Durango
Capítulo V
Cuando uno solo de los cónyuges tuvo buena fe, la sociedad subsistirá hasta que cause ejecutoria la sentencia, si la continuación es favorable al cónyuge inocente; en caso contrario se considerará nula desde un principio
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial