Artículo 206 Código Civil del Estado de Durango
Capítulo VI
Las capitulaciones que establezcan separación de bienes, siempre contendrán un inventario de los bienes de que sea dueño cada esposo al celebrarse el matrimonio, y nota especificada de las deudas que al casarse tenga cada consorte.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial