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Leyes Descargar AYA

Artículo 2828 Código Civil del Estado de Durango

Título DÉCIMO

Será nula la transacción que verse

I.- Sobre delito, dolo y culpa futuros;

II.- Sobre la acción civil que nazca de un delito o culpa futuros;

III.- sobre sucesión futura;

IV.- Sobre una herencia, antes de visto el testamento, si lo hay

V.- Sobre el derecho de recibir alimentos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial