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Leyes Descargar AYA

Libro Cuarto — De las obligaciones

Título Quinto — Extinción de las obligaciones

Capítulo III De la remisión de la deuda

Código Civil del Estado de Durango

Artículos 2090 al 2093 · 4 artículos

Artículo 2090

Cualquiera puede renunciar su derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas, excepto en aquellos casos en que la ley lo prohíbe.

Artículo 2091

La condonación de la deuda principal extinguirá las obligaciones accesorias, pero la de éstas dejan subsistente la primera.

Artículo 2092

Habiendo varios fiadores solidarios, el perdón que fuere concedido solamente a alguno de ellos, en la parte relativa a su responsabilidad, no aprovecha a los otros.

Artículo 2093

La devolución de la prenda es presunción de la remisión del derecho a la misma prenda, si el acreedor no prueba lo contrario.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial