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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo V

568.- El vendedor debe entregar el bien vendido en el estado en que se hallaba al celebrarse el contrato.

Aspectos que abarca el bien.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial