Artículo 633 Código Civil Federal
Capítulo XV
- Los Jueces de lo Familiar son las autoridades encargadas exclusivamente de intervenir en los asuntos relativos a la tutela. Ejercerán una sobrevigilancia sobre el conjunto de los actos del tutor, para impedir, por medio de disposiciones apropiadas, la transgresión de sus deberes. Artículo reformado DOF 24-03-1971
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial