Artículo 1084 Código Civil del Estado de Guerrero
Libro CUARTO
Herencia es la sucesión en todos los bienes de un difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial