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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De las Personas y de las Instituciones de Familia

Título Noveno — De la Tutela y la Representación

Capítulo XIII De la extinción de la tutela

Código Civil del Estado de Jalisco

Artículo 750

Artículo 750

La tutela que verse sobre la persona y bienes del incapaz se extingue, además de los supuestos previstos en el artículo 620, cuando el incapaz entre a la patria potestad por cualquier causa.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial